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Día Mundial de los Refugiados


El 4 de diciembre del año 2000, la Asamblea General de la Organización de las Naciones Unidas (ONU) declaró el día 20 de junio como Día Mundial de los Refugiados, haciéndolo coincidir con el 50 aniversario de la Convención sobre el Estatuto de los Refugiados de 1951
La Convención de 1951, que define quien es un refugiado, contiene una serie de sus derechos y también pone de relieve sus obligaciones hacia el país de acogida. La piedra angular de la Convención es el principio de no devolución. De acuerdo con este principio, un refugiado no debe ser devuelto a un país donde se enfrenta a graves amenazas a su vida o su libertad. Esta protección no puede reclamarse por los refugiados que están considerados un peligro razonable para la seguridad del país, que hayan sido condenados por un delito particularmente grave o que se consideren un peligro para la comunidad.

Los derechos contenidos en la Convención de 1951 incluyen:

• el derecho a no ser expulsado, excepto bajo ciertas condiciones estrictamente definidas;
• el derecho a no ser castigado por entrada ilegal en el territorio de un Estado contratante;
• el derecho al empleo remunerado;
• el derecho a la vivienda;
• el derecho a la educación pública;
• el derecho a la asistencia pública;
• el derecho a la libertad de religión;
• el derecho al acceso a los tribunales;
• el derecho a la libertad de circulación dentro del territorio,
• y el derecho a emitir documentos de identidad y de viaje.

Algunos derechos básicos, incluido el derecho a ser protegidos contra la devolución, se aplican a todos los refugiados. Un refugiado adquiere el derecho a otros derechos cuanto más tiempo permanezcan en el país anfitrión, derecho basado en el reconocimiento de que cuanto más tiempo permanecen en calidad de refugiados, más derechos necesitan.

Los motivos que obligan a una persona a abandonar su hogar y huir pueden ser muy variados. Las guerras, los regímenes dictatoriales, la violencia arbitraria o incluso el cambio climático.

Según el informe anual de la oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados (ACNUR), el número de refugiados en el mundo actualmente es de 65,3 millones, lo que supone un 55% más que hace tan solo cuatro años.

En lo que se refiere a la procedencia de los refugiados, la mayoría tiene origen sirio, seguido de afganos, y somalíes. Lo países que reciben un número mayor de estos “migrantes forzados” son Turquía, Jordania y Líbano.

Más de un 50% de los desplazados son niños y una gran parte de este porcentaje viaja solo. Esto hace que este grupo, que ya de por sí es vulnerable, lo sea aún más. Además, una vez asentados en un país, la reagrupación familiar es bastante complicada.
En México, a lo largo de la historia, se ha brindado protección y asilo a miles de personas que se han visto obligadas a huir de sus países de origen por violencia y persecución. En años recientes, la mayoría de estas personas provienen del Norte de Centroamérica (Honduras, El Salvador y Guatemala) y de Venezuela.

El número de solicitantes de la condición de refugiado ha aumentado de 2,137 en 2014 a 14,596 en 2017, y el país se está convirtiendo en un lugar de destino para estas personas, no únicamente un país de tránsito.

Por su parte, la ACNUR fijó una agenda para la protección de personas refugiadas en México 2019-2024 para que todos los niveles de gobierno se involucren en la protección de las personas migrantes y refugiadas que circulan o radican en el país.

En este contexto, la Comisión de Derechos Humanos del Estado de Aguascalientes (CDHEA) se encuentra en constante monitoreo de las autoridades estatales y municipales involucradas en la primera línea de contacto con los migrantes y refugiados, de tal forma que se pueda prevenir una violación a sus derechos humanos, y en caso de presentarse algún abuso señale a la autoridad responsable.

Si una persona migrante o refugiada considera que víctima de un abuso por su condición de parte de cualquier servidor público estatal o municipal en el estado de Aguascalientes, puedes presentar su queja en el portal www.dhags.org, los teléfonos 449 140 78 70 ó acudir a las oficnas ubicadas en República de Perú 502, Fraccionamiento Santa Elena.

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