- Advirtió vía este documento que las
diligencias corresponden al Poder Judicial del Estado de Aguascalientes (PJEA)
en su función de administrador de justicia, contrario al recurso interpuesto.
Confirmó
la Comisión Nacional de los Derechos Humanos, el criterio de la CEDHA de no
proceder con la queja de Luis Armando Reynoso Femat y canalizarlo al Poder
Judicial por tratarse de un asunto jurisdiccional.
Lo
anterior fue notificado a esta Comisión el pasado 7 de octubre de 2016, con el
oficio V5/66246 firmado por el Dr. Edgar Corzo Sosa, Quinto Visitador.
Cabe
señalar que Reynoso Femat señaló como agravio que los actos presuntamente
violatorios de sus Derechos Humanos, vulneraron su derecho a la presunción de
inocencia, y que la CEDHA era competente para conocer los mismos; sin embargo,
la Comisión Nacional confirmó vía este documento que las diligencias corresponden
al Poder Judicial del Estado de Aguascalientes (PJEA) en su función de
administrador de justicia, contrario al recurso interpuesto.
Así,
los actos desplegados por el personal del Juzgado Primero de lo Penal del
Estado de Aguascalientes e inclusive los ejecutados por el agente del
Ministerio Público involucrados en el caso, son materialmente jurisdiccionales
por lo que no es competencia de esta Comisión.
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